Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas
Decreto Supremo N° 009-2025-EF · 427 artículos · texto vigente consolidado.
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Finalidad
- Artículo 3. Acrónimos y referencias
- Artículo 4. Ámbito de aplicación
- Artículo 5. Dirección General de Abastecimiento
- Artículo 6. Plan Anual de Supervisión y Asistencia Técnica del OECE
- Artículo 7. Supervisión del OECE
- Artículo 8. Supervisión de los supuestos excluidos
- Artículo 9. Asistencia técnica y orientación brindada por el OECE
- Artículo 10. Obligación de entregar información al OECE
- Artículo 11. Absolución de consultas por parte del OECE
- Artículo 12. Participación de Perú Compras en las contrataciones públicas
- Artículo 13. Registro de entidades contratantes
- Artículo 14. Dependencia encargada de las contrataciones
- Artículo 15. Compradores Públicos
- Artículo 16. Certificación a cargo del OECE
- Artículo 17. Registro de compradores públicos
- Artículo 18. Titular de la entidad
- Artículo 19. Autoridad de la gestión administrativa
- Artículo 20. Área usuaria
- Artículo 21. Área técnica estratégica
- Artículo 22. Registro Nacional de Proveedores (RNP)
- Artículo 23. Inscripción o reinscripción en el RNP
- Artículo 24. Excepciones
- Artículo 25. Condiciones para la inscripción en el RNP
- Artículo 26. Actualización de información
- Artículo 27. Asignación de especialidad y de categoría a los consultores de obras
- Artículo 28. Capacidad máxima de contratación
- Artículo 29. Constancia de Capacidad Libre de Contratación
- Artículo 30. Récord de Ejecución de Obras
- Artículo 31. Notificación de actos administrativos del RNP
- Artículo 32. Suspensión temporal de la inscripción
- Artículo 33. Recuperación de la vigencia de inscripción en el RNP
- Artículo 34. Retiro definitivo del RNP
- Artículo 35. Fiscalización posterior de la información registrada
- Artículo 36. Ficha Única de Proveedor
- Artículo 37. Mecanismo valorativo de la reputación de los proveedores
- Artículo 38. Incentivos para proveedores mejor calificados
- Artículo 39. Disposiciones para la verificación de impedimentos
- Artículo 40. Supuestos de inaplicación temporal de impedimentos por riesgo de desabastecimiento
- Artículo 41. Actuaciones preparatorias
- Artículo 42. Segmentación de contrataciones
- Artículo 43. Anuncio de contratación futura
- Artículo 44. Requerimiento
- Artículo 45. Fraccionamiento
- Artículo 46. Estrategia de contratación
- Artículo 47. Interacción con el mercado
- Artículo 48. Indagación
- Artículo 49. Consulta al mercado
- Artículo 50. Herramientas de las consultas al mercado
- Artículo 51. Difusión del requerimiento
- Artículo 52. Agrupamiento de prestaciones
- Artículo 53. Cuantía de la contratación
- Artículo 54. Expediente de contratación
- Artículo 55. Bases
- Artículo 56. Evaluadores
- Artículo 57. Expertos
- Artículo 58. Oficial de compra
- Artículo 59. Comité
- Artículo 60. Jurados
- Artículo 61. Impedimentos para ser designado como evaluador
- Artículo 62. Etapas del procedimiento de selección
- Artículo 63. Requisitos para convocar un procedimiento de selección
- Artículo 64. Cronograma de los procedimientos de selección
- Artículo 65. Registro de participantes
- Artículo 66. Consultas y observaciones
- Artículo 67. Artículo 67. Elevación del pliego de absolución de consultas y observaciones y las bases integradas
- Artículo 68. Presentación de las ofertas
- Artículo 69. Contenido de las ofertas
- Artículo 70. Tipos de evaluación de oferta
- Artículo 71. Admisión de las ofertas
- Artículo 72. Requisitos de calificación
- Artículo 73. Evaluación de las ofertas técnicas
- Artículo 74. Evaluación económica de la oferta
- Artículo 75. Determinación del puntaje total
- Artículo 76. Negociación
- Artículo 77. Diálogo competitivo
- Artículo 78. Subsanación de las ofertas
- Artículo 79. Acceso a la información
- Artículo 80. Otorgamiento y publicación de la buena pro
- Artículo 81. Criterios en caso de empate
- Artículo 82. Consentimiento del otorgamiento de la buena pro
- Artículo 83. Verificación posterior a la oferta ganadora
- Artículo 84. Declaración de desierto
- Artículo 85. Cancelación del procedimiento de selección
- Artículo 86. Obligación de contratar
- Artículo 87. Perfeccionamiento del contrato
- Artículo 88. Requisitos para perfeccionar el contrato
- Artículo 89. Contrato de consorcio
- Artículo 90. Plazos y procedimiento para el perfeccionamiento del contrato
- Artículo 91. Supuestos en los que no se perfecciona el contrato
- Artículo 92. Culminación de la fase de selección
- Artículo 93. Licitación pública
- Artículo 94. Concurso Público
- Artículo 95. Otras Modalidades diferenciadas
- Artículo 96. Artículo 96. Evaluación de ofertas en subasta inversa electrónica
- Artículo 97. Convocatoria en comparación de precios
- Artículo 98. Evaluación de ofertas en la comparación de precios
- Artículo 99. Listado de bienes y servicios que pueden utilizar la comparación de precios
- Artículo 100. Artículo 100. Condiciones generales
- Artículo 101. Artículo 101. Actuaciones preparatorias y fase de selección en los procedimientos de selección no competitivos
- Artículo 102. Aprobación de procedimientos de selección no competitivos
- Artículo 103. Ejecución contractual en procedimientos de selección no competitivos
- Artículo 104. Contenido del contrato
- Artículo 105. Desarrollo de la ejecución contractual y régimen de notificaciones
- Artículo 106. Vigencia del contrato
- Artículo 107. Suspensión del plazo de ejecución contractual
- Artículo 108. Subcontratación
- Artículo 109. Reducción de prestaciones
- Artículo 110. Modificación contractual por hecho sobreviniente no imputable a las partes
- Artículo 111. Nulidad del contrato
- Artículo 112. Cesión de posición contractual
- Artículo 113. Tipos de garantías contractuales
- Artículo 114. Retención de pago
- Artículo 115. Contrato de seguro
- Artículo 116. Fideicomiso como garantía de fiel cumplimiento
- Artículo 117. Ampliación o reducción de garantías por modificaciones contractuales
- Artículo 118. Ejecución de garantías
- Artículo 119. Penalidades
- Artículo 120. Penalidad por mora en la ejecución de la prestación
- Artículo 121. Resolución de contrato por terminación anticipada
- Artículo 122. Procedimiento de resolución de contrato
- Artículo 123. Efectos de la resolución
- Artículo 124. Constancia de prestación
- Artículo 125. Segmentación de contrataciones de bienes y servicios
- Artículo 126. Requerimiento para bienes y servicios
- Artículo 127. Interacción con el mercado para bienes y servicios
- Artículo 128. Gestión de riesgos en bienes y servicios
- Artículo 129. Sistemas de entrega para bienes y servicios
- Artículo 130
- Artículo 131. Requisitos de calificación en bienes y servicios
- Artículo 132. Artículo 132. Evaluación de ofertas en bienes y servicios
- Artículo 133. Evaluación de ofertas económicas de servicios de operación y/o mantenimiento o de mantenimiento vial
- Artículo 134. Disposiciones especiales para el Concurso Público para la contratación de expertos o gerentes de proyecto
- Artículo 135. Disposiciones especiales para el concurso de proyectos arquitectónicos y urbanísticos
- Artículo 136. Reajuste
- Artículo 137. Adelanto directo en bienes y servicios
- Artículo 138. Garantía de fiel cumplimiento para bienes y servicios
- Artículo 139. Excepciones a la garantía de fiel cumplimiento en bienes y servicios
- Artículo 140. Garantías a cargo de la entidad contratante
- Artículo 141. Prestaciones adicionales en bienes y servicios
- Artículo 142. Ampliación del plazo contractual en bienes y servicios
- Artículo 143. Modificación contractual por mejoras en bienes y servicios
- Artículo 144. Recepción y conformidad de bienes y servicios
- Artículo 145. Pago
- Artículo 146. Contrataciones complementarias
- Artículo 147. Actividades de operación y/o mantenimiento
- Artículo 148. Diseño de la operación y/o mantenimiento
- Artículo 149. Artículo 149. Avance y culminación de las actividades de operación y/o mantenimiento
- Artículo 150. Supervisión de las actividades de operación y/o mantenimiento
- Artículo 151. Condiciones para el uso del ASISTE
- Artículo 152. Alcances del ASISTE
- Artículo 153. Segmentación de contrataciones e interacción con el mercado para obras y consultorías de obras
- Artículo 154. Requerimiento para obras y consultoría de obras
- Artículo 155. Plazos de ejecución contractual en obras y consultoría de obras
- Artículo 156. Gestión de Riesgos en obras y consultorías de obras
- Artículo 157. Especialidad, subespecialidad y tipología de obras
- Artículo 158. Tipos de sistemas de entrega de obras
- Artículo 159
- Artículo 160. Criterios para la elección de sistemas de entrega y modalidades de pago para obras y consultoría de obras
- Artículo 161. Modalidades de pago en ejecución para obras y consultoría de obras
- Artículo 162. Incentivos para proveedores de obra y consultoría de obras
- Artículo 163. Convocatoria de los procedimientos de selección de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción
- Artículo 164. Obligatoriedad del factor de evaluación desempeño del proveedor
- Artículo 165. Evaluación de ofertas económicas de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción
- Artículo 166. Artículo 166. Evaluación de ofertas económicas de obras y consultoría de obras bajo sistemas de entrega distintos a solo construcción
- Artículo 167
- Artículo 168. Requisitos adicionales para la suscripción del contrato en obras y consultoría de obras
- Artículo 169. Obligatoriedad de designar a un coordinador
- Artículo 170. Expediente técnico de obra
- Artículo 171
- Artículo 172. Jefe de elaboración del expediente técnico
- Artículo 173. Aprobación del expediente técnico
- Artículo 174
- Artículo 175. Consideraciones durante la etapa de diseño en obras bajo el sistema de entrega de diseño y construcción
- Artículo 176
- Artículo 177
- Artículo 178. Adelantos en obras y consultoría de obras
- Artículo 179. Entrega del adelanto directo en obras y consultoría de obras
- Artículo 180. Amortización de adelantos en obras y consultoría de obras
- Artículo 181
- Artículo 182. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento en obras y consultoría de obras
- Artículo 183. Supuestos de devolución y reducción de la garantía de fiel cumplimiento en obras y consultorías de obra
- Artículo 184. Fideicomiso de adelanto directo de obra bajo sistemas de entrega de solo construcción y diseño y construcción
- Artículo 185. Supervisión de consultorías de obras
- Artículo 186. Supervisión de obras bajo sistemas de entrega de solo construcción y diseño y construcción
- Artículo 187. Artículo 187. Funciones de la supervisión de obras y consultoría de obras
- Artículo 188. Cuaderno de incidencias
- Artículo 189. Sustitución de integrante del plantel técnico en obras o consultoría de obras
- Artículo 190. Artículo 190. Consultas sobre incidencias en obra bajo los sistemas de entrega de solo construcción y diseño y construcción
- Artículo 191. Modificaciones contractuales de obra bajo sistemas de entrega de solo construcción y diseño y construcción por intensificación del programa de ejecución
- Artículo 192
- Artículo 193. Prestaciones adicionales para consultorías de obra
- Artículo 194. Prestaciones adicionales de obra bajo el sistema de entrega solo construcción
- Artículo 195. Prestaciones adicionales de obra bajo el sistema de entrega diseño y construcción
- Artículo 196. Cálculo de presupuesto de las prestaciones adicionales de obras y consultorías de obra
- Artículo 197. Mayores metrados en obras bajo los sistemas de entrega de solo construcción y diseño y construcción
- Artículo 198. Ampliación del plazo contractual en obras y consultoría de obras
- Artículo 199. Procedimiento de ampliación de plazo en consultoría de obras
- Artículo 200
- Artículo 201
- Artículo 202
- Artículo 203
- Artículo 204. Ejecución rápida (Fast Track) en obras bajo el sistema de entrega de diseño y construcción
- Artículo 205. Propuestas de cambio de ingeniería de valor (PCIV)
- Artículo 206
- Artículo 207. Monitoreo y control de obras y consultoría de obras
- Artículo 208
- Artículo 209. Reajustes en obras y consultoría de obras
- Artículo 210
- Artículo 211. Artículo 211. Valorización de la supervisión de la obra
- Artículo 212. Recepción de obra bajo los sistemas de entrega de solo construcción y diseño y construcción
- Artículo 213. Liquidación parcial en obras bajo el sistema de entrega de diseño y construcción
- Artículo 214. Declaratoria de fábrica en obras bajo los sistemas de entrega de solo construcción y diseño y construcción
- Artículo 215. Liquidación de obras y consultorías de obra
- Artículo 216. Vicios ocultos en la ejecución de obras
- Artículo 217. Contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional
- Artículo 218. Proceso de contratación de los contratos estandarizados
- Artículo 219. Precisiones al requerimiento
- Artículo 220. Sustento de la capacidad presupuestal
- Artículo 221. Precisiones a las bases
- Artículo 222. Gerente de proyecto
- Artículo 223. Aseguramiento de calidad
- Artículo 224. Solución de controversias
- Artículo 225. Lecciones aprendidas
- Artículo 226. Disposiciones generales
- Artículo 227. Requerimiento de Contratos Menores
- Artículo 228. Tramitación de contratos menores
- Artículo 229. Artículo 229. Ejecución contractual en contratos menores
- Artículo 230. Inicio de la compra centralizada
- Artículo 231. Iniciativa de compra centralizada por la entidad encargante
- Artículo 232. Iniciativa de compra centralizada por Perú Compras u otra entidad contratante
- Artículo 233. Transferencia presupuestaria en compra centralizada
- Artículo 234. Ejecución de la compra centralizada
- Artículo 235. Transferencia de prestaciones realizadas mediante Compra Centralizada
- Artículo 236. Compra centralizada de obras y consultoría de obras
- Artículo 237. Condiciones y procedimiento para la compra por encargo a Perú Compras u otra entidad contratante
- Artículo 238. Condiciones de la compra por encargo a un Organismo Internacional
- Artículo 239. Disposiciones sobre el encargo
- Artículo 240. Alcance
- Artículo 241. Compra Corporativa Obligatoria
- Artículo 242. Compra Corporativa Facultativa
- Artículo 243. Consideraciones generales para el proceso de contratación a través de una Compra Corporativa
- Artículo 244. Entidad encargada de la compra corporativa
- Artículo 245. Condiciones para su uso
- Artículo 246. Proceso de contratación mediante acuerdo marco
- Artículo 247. Compra Pública de Innovación
- Artículo 248. Precisiones a las actuaciones preparatorias en CPI
- Artículo 249. Derechos de Propiedad Intelectual
- Artículo 250. Evaluadores de la CPI
- Artículo 251. Fase de selección en la CPI
- Artículo 252. Desarrollo de la CPI
- Artículo 253. Responsabilidad en CPI
- Artículo 254. Control y monitoreo de la implementación de la solución innovadora
- Artículo 255. Informe de evaluación final
- Artículo 256. Operatividad de la Pladicop
- Artículo 257. Obligatoriedad y valor legal del uso la Pladicop
- Artículo 258. Interoperabilidad de la Pladicop
- Artículo 259. Estandarización de requerimientos
- Artículo 260. Obligatoriedad de uso de la ficha técnica y de la ficha de homologación
- Artículo 261. Publicación de proyecto de ficha técnica y ficha de homologación
- Artículo 262. Supuesto de excepción del uso de los instrumentos de estandarización
- Artículo 263. Información y participación en los procesos de estandarización de requerimientos
- Artículo 264. Ficha técnica
- Artículo 265. Documentos de información complementaria de la Ficha Técnica
- Artículo 266. Ficha de homologación
- Artículo 267. Aprobación, modificación y exclusión de la ficha de homologación
- Artículo 268. Imposibilidad de modificar la ficha de homologación
- Artículo 269. Plan multianual de homologación
- Artículo 270. Del equipo de homologación
- Artículo 271. Procedimientos de selección para la gestión de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco
- Artículo 272
- Artículo 273
- Artículo 274. Causales de exclusión de proveedores adjudicatarios de los catálogos electrónicos de acuerdo marco
- Artículo 275. Revisión de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco por Perú Compras
- Artículo 276. Representante de marca para los catálogos electrónicos de acuerdo marco
- Artículo 277. Condiciones para el uso de catálogos electrónicos de acuerdo marco
- Artículo 278. Obligatoriedad del uso de catálogos electrónicos de acuerdo marco
- Artículo 279. Excepciones a la obligatoriedad del uso de catálogos electrónicos de acuerdo marco
- Artículo 280. Posibilidad de restringir una solicitud de cotización
- Artículo 281. Catálogos abiertos
- Artículo 282
- Artículo 283. Contrataciones para la preparación y prevención para situaciones de emergencia
- Artículo 284. Contratos de contingencia
- Artículo 285. Artículo 285. Contenido del requerimiento para los contratos de contingencia
- Artículo 286. Modalidad de pago en contratos de contingencia
- Artículo 287. Compras centralizadas obligatorias para emergencia
- Artículo 288. Catálogo electrónico de acuerdo marco para emergencia o desastre
- Artículo 289. Contrataciones para la atención de emergencias mediante procedimiento de selección no competitivo
- Artículo 290. Artículo 290. Disposiciones contractuales excepcionales para la atención de emergencias mediante procedimiento de selección no competitivo
- Artículo 291. Contrataciones para la atención de emergencias mediante compras centralizadas de emergencia
- Artículo 292. Contrataciones para la rehabilitación y reconstrucción ante emergencias
- Artículo 293. Mecanismos diferenciados de adquisición (MDA)
- Artículo 294. Nominación y priorización de tecnologías sanitarias para ser adquiridas mediante MDA
- Artículo 295. Actuaciones preparatorias en el MDA
- Artículo 296. Fase de selección en el MDA
- Artículo 297. Fase de ejecución contractual en el MDA
- Artículo 298. Acuerdos MDA de tipo financiero
- Artículo 299. Acuerdos MDA de riesgo compartido basados en desempeño
- Artículo 300. Acuerdos MDA híbridos
- Artículo 301. Artículo 301. Negociación en caso de subastas inversas electrónicas de productos farmacéuticos y dispositivos médicos que cuenten con una sola oferta
- Artículo 302. Competencia
- Artículo 303. Actos no impugnables
- Artículo 304. Plazo de interposición
- Artículo 305. Efectos de la interposición
- Artículo 306. Requisitos de admisibilidad
- Artículo 307. Trámite de admisibilidad
- Artículo 308. Improcedencia del recurso
- Artículo 309. Garantía por la interposición
- Artículo 310. Procedimiento ante la entidad contratante
- Artículo 311. Procedimiento ante el TCP
- Artículo 312. Contenido de la resolución
- Artículo 313. Alcances de la resolución
- Artículo 314. Desistimiento
- Artículo 315. Ejecución y devolución de la garantía
- Artículo 316. Denegatoria ficta
- Artículo 317. Agotamiento de la vía administrativa
- Artículo 318. Requisitos para la incorporación en el Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas que administra el OECE
- Artículo 319
- Artículo 320. Requisitos diferenciados para administrar arbitrajes de mayor envergadura
- Artículo 321. Obligación de mantener actualizada la información
- Artículo 322. Procedimientos ante el REGAJU
- Artículo 323. Retiro temporal y exclusión del REGAJU
- Artículo 324. Código de ética para arbitraje en contrataciones públicas
- Artículo 325
- Artículo 326. Información que se registra en la Pladicop
- Artículo 327. Impedimentos para ser árbitro o adjudicador
- Artículo 328. Requisitos para ser árbitros en materia de contratación pública
- Artículo 329. Requisitos para ser adjudicadores en materia de contratación pública
- Artículo 330. Conciliación
- Artículo 331. Características del arbitraje
- Artículo 332. Convenio arbitral
- Artículo 333. Arbitraje internacional
- Artículo 334. Casos especiales de designación de Institución Arbitral
- Artículo 335. Arbitraje ad hoc
- Artículo 336. Respuesta a la solicitud de arbitraje ad hoc
- Artículo 337. Excepciones u objeciones al arbitraje ad hoc
- Artículo 338. Designación residual de árbitros en los arbitrajes ad hoc
- Artículo 339. Independencia, imparcialidad y deber de información
- Artículo 340. Recusación
- Artículo 341. Registro de la controversia
- Artículo 342. Abandono
- Artículo 343. Arbitraje de emergencia
- Artículo 344. Laudo
- Artículo 345. Recurso de Anulación
- Artículo 346. Obligatoriedad
- Artículo 347. Conformación de la JPRD
- Artículo 348. Competencia de la JPRD
- Artículo 349. Actividades de la JPRD
- Artículo 350. Funciones de la JPRD
- Artículo 351. Prevención de desacuerdos
- Artículo 352. Opinión consultiva
- Artículo 353. Decisión vinculante
- Artículo 354. Retribución de los miembros de la JPRD y del centro de administración
- Artículo 355. Potestad sancionadora del Tribunal de Contrataciones Públicas (TCP)
- Artículo 356. Sobre la tipificación de las infracciones
- Artículo 357. Sobre la sanción impuesta
- Artículo 358. Sanciones a consorcios
- Artículo 359. Obligación de informar sobre supuestas infracciones
- Artículo 360. Autoridades competentes del procedimiento administrativo sancionador
- Artículo 361. Reglas del procedimiento administrativo sancionador
- Artículo 362. Suspensión del procedimiento administrativo sancionador
- Artículo 363. Artículo 363. Prescripción del procedimiento sancionador
- Artículo 364. Sanción de multa
- Artículo 365. Retención de la multa
- Artículo 366. Determinación de la gradualidad de la sanción
- Artículo 367. Concurso de infracciones
- Artículo 368. Suspensión de las sanciones
- Artículo 369. Caducidad
- Artículo 370. Recurso de reconsideración
- Artículo 371. Notificación y vigencia de las sanciones a proveedores
- Artículo 372. Acción contencioso administrativa
- Artículo 373. Disposiciones generales
- Artículo 374. Procedimiento sancionador
- Artículo 375. Determinación de la gradualidad para la aplicación de la sanción
- Artículo 376. Recurso de reconsideración
- Artículo 377. Concurso de infracciones
- Artículo 378. Recurso de apelación
- Artículo 379. Prescripción
- Artículo 380. Caducidad del procedimiento sancionador
- Artículo 381. Procedimientos administrativos relacionados a los proveedores
- Artículo 382. Incorporación de Instituciones Arbitrales o de Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas en el REGAJU
- Artículo 383. Artículo 383. Incorporación de Instituciones Arbitrales o de Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas para administrar arbitrajes cuyos montos originales de los contratos superen las 2 000 UIT en el REGAJU
- Artículo 384. Incorporación de Instituciones Arbitrales o Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas recién constituidas en el REGAJU
- Artículo 385. Incorporación de Instituciones Arbitrales para administrar arbitrajes de mayor envergadura sobre controversias surgidas en contratos con montos originales iguales o superiores a las 20 000 UIT, en el REGAJU
- Artículo 386
- Artículo 387
- Artículo 388
- Artículo 389. Requisitos de los servicios prestados en exclusividad del OECE
- Primera. Regímenes especiales de contratación
- Segunda. - Ficha Única de Proveedor
- Tercera. Plan Anual de Contrataciones fuera del ámbito de la PMBSO
- Cuarta. Inaplicación del término de la distancia
- Quinta
- Sexta. Contratación de notarios públicos
- Séptima. Declaratoria de desiertos de seguros patrimoniales
- Octava. Incentivos para los evaluadores
- Novena. Aplicación de los Mecanismos Diferenciados de Adquisición
- Décima. Exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037
- Decimoprimera. Equivalencias normativas
- Decimosegunda. Datos abiertos en contratación pública
- Decimotercera. Integración de la Pladicop con los bloques básicos para la interoperabilidad
- Decimocuarta. DECIMOCUARTA. Implementación del nuevo modelo de certificación en el marco de la profesionalización
- Primera. Progresividad de la implementación del PAC del CMN
- Segunda. SEGUNDA. Progresividad de la certificación y procedimiento transitorio
- Tercera. Reinscripción y aumento de capacidad máxima de contratación de los ejecutores de obra en el RNP
- Cuarta. CUARTA. Asignación de especialidades y categorías de consultores de obra
- Quinta. Implementación de la Ficha Única de Proveedor
- Sexta. Mecanismo valorativo de la reputación de los proveedores
- Séptima. Reinscripción de proveedores en el RNP
- Octava. Transitoriedad de la declaración de récord de ejecución de obras
- Novena. Información de los beneficiarios finales de proveedores del Estado en el RNP
- Décima. Pilotos para la CPI
- Decimoprimera. Disposiciones transitorias en temas de arbitraje
- Decimosegunda. Procedimientos administrativos a cargo del TCP
- Decimotercera. Implementación progresiva de la Pladicop
- Decimocuarta. Pilotos para contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional
- Decimoquinta. Estructura de costos para expedientes técnicos
- Decimosexta. Implementación progresiva y pilotos para la utilización de Acuerdos Marco
- Decimoséptima. Obligatoriedad del uso de la Plataforma de Contratos Menores de la PLADICOP
- Decimonovena. Notificación de actos administrativos del TCP, de la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas del OECE, RNP, y de cobranza coactiva
- Vigésima
- Vigesimoprimera. VIGESIMOPRIMERA. Contrataciones para la formulación de fichas técnicas de inversiones o estudios de preinversión que contengan componente de edificación o infraestructura
- Vigesimosegunda. Modificación de Formularios de Procedimientos Administrativos a cargo de OECE