Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas

Vigesimoprimera. VIGESIMOPRIMERA. Contrataciones para la formulación de fichas técnicas de inversiones o estudios de preinversión que contengan componente de edificación o infraestructura

Contrataciones para la formulación de fichas técnicas de inversiones o estudios de preinversión que contengan componente de edificación o infraestructura

En tanto se implemente la categoría del literal a) del numeral 27.2 del artículo 27 el objeto para la contratación de la formulación de fichas técnicas de inversiones o estudios de preinversión que contengan componente de edificación o infraestructura, conforme lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, se califica como servicios.

Comentario

Disposición transitoria que clasifica como servicios las contrataciones para formular fichas técnicas de inversiones o estudios de preinversión con componente de edificación o infraestructura, hasta que se implemente la categoría prevista en el artículo 27.2.a). Establece un régimen temporal de calificación contractual.

Temas: calificación de objeto contractual, estudios de preinversión, contratación de servicios, disposiciones transitorias, fichas técnicas de inversión, componente de infraestructura