Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas

Artículo 117. Ampliación o reducción de garantías por modificaciones contractuales

117.1. Cuando como consecuencia de una modificación contractual se incremente el monto contractual, el contratista aumenta de forma proporcional las garantías que hubiese otorgado.

117.2. Cuando la modificación contractual implique una ampliación del plazo del contrato, el contratista amplía el plazo de las garantías que hubiere otorgado, de corresponder.

117.3. Cuando la modificación contractual implique una reducción del monto y/o plazo, el contratista puede solicitar la disminución proporcional del monto y/o plazo de las garantías que hubiera otorgado.

117.4. Para los casos de modificaciones contractuales, la adecuación de la garantía debe efectuarse en el plazo máximo de diez días hábiles contabilizados desde el día siguiente de aprobada y publicada la modificación. La presentación del aumento de la garantía correspondiente es requisito para efectuar el pago.

Comentario

Regula el ajuste de garantías de fiel cumplimiento cuando el contrato es modificado en su monto o plazo. Establece obligaciones de ampliación proporcional en caso de incrementos, ampliación de plazo de vigencia ante extensiones contractuales, y facultad de reducción ante disminuciones; fija un plazo máximo de diez días hábiles para la adecuación y condiciona el pago a la presentación del aumento.

Temas: garantía de fiel cumplimiento, modificación contractual, proporcionalidad de garantías, adecuación de cobertura, contratación pública, requisitos de pago