Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas
Artículo 258. Interoperabilidad de la Pladicop
El Reniec, la Sunat, la Sunarp, el Indecopi, la SBS, el Poder Judicial, la PNP, y la CGR, u otras entidades, brindan y facilitan la interoperabilidad de la información que requieran los responsables de las herramientas digitales que forman parte de la Pladicop para su funcionamiento y mejora continua, incluyendo aquella que requiera el RNP a efectos que pueda verificar la información declarada por los proveedores, salvaguardando las reservas o excepciones previstas por ley. Las precitadas entidades publican y consumen servicios de información por medio de la PNI, conforme a la normativa de la materia
Comentario
El artículo establece la obligación de diversas entidades públicas (Reniec, Sunat, Sunarp, Indecopi, SBS, Poder Judicial, PNP, CGR y otras) de brindar y facilitar la interoperabilidad de la información que requieren los responsables de las herramientas digitales de la Pladicop. La interoperabilidad se ejecuta mediante la Plataforma Nacional de Interoperabilidad (PNI) y se sujeta a las reservas legales aplicables.
Temas: interoperabilidad de información, pladicop, plataforma nacional de interoperabilidad, verificación de proveedores, herramientas digitales contrataciones, reservas legales datos