Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas
Artículo 8. Supervisión de los supuestos excluidos
El OECE supervisa los supuestos excluidos detallados en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley respecto a la configuración del supuesto de exclusión, el cumplimiento de los principios contemplados en el artículo 5 de la Ley y, en el caso de los regímenes especiales, el cumplimiento de la normativa especial de contrataciones públicas.
Comentario
El artículo atribuye al OECE competencia supervisora sobre los supuestos excluidos de la Ley General de Contrataciones Públicas, específicamente para verificar la correcta configuración de la exclusión, el respeto de los principios fundamentales y, cuando corresponda, la observancia de normas especiales aplicables a regímenes de contratación diferenciados.
Temas: supervisión de excepciones legales, principios de contratación pública, regímenes especiales, control de legalidad, actuaciones excluidas del régimen ordinario