Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas

Artículo 95. Otras Modalidades diferenciadas

Son otras modalidades diferenciadas:

Enlace Web: Modalidades diferenciadas (PDF).

Comentario

El artículo 95 enumera modalidades de contratación pública diferenciadas de la licitación pública y el concurso público. Establece que existen otras formas de selección competitiva, cuya regulación se especifica mediante remisión a documento normativo complementario. Funciona como artículo de enlace que reconoce la existencia de procedimientos alternativos dentro del sistema de contrataciones públicas.

Temas: modalidades de contratación pública, procedimientos de selección competitiva, flexibilidad procedimental, adecuación según naturaleza de la contratación, remisión normativa