Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas

Artículo 366. Determinación de la gradualidad de la sanción

366.1. Son criterios de gradualidad de las sanciones de multa o de inhabilitación temporal a proveedores:

a) Naturaleza de la infracción.

b) Ausencia de intencionalidad del infractor.

c) La inexistencia o grado mínimo de daño causado a la entidad contratante.

d) Reconocimiento de la infracción.

e) Antecedentes de sanción impuestas por el TCP.

f) Conducta procesal.

g) Multa impaga.

366.2. En el caso de los literales l) y m) del numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley, la graduación puede dar lugar a sanciones por debajo del mínimo legal, siempre que se cumplan, de manera conjunta, las siguientes condiciones:

a) Se demuestre que la información inexacta o el documento falso o adulterado haya sido entregado al participante, postor, proveedor o subcontratista por un tercero distinto a él.

b) Corresponde al administrado, acreditar, con el medio probatorio correspondiente, el inicio de la acción penal respectiva, en el que se identifique al presunto autor de la entrega del documento falso o con información inexacta.

c) Se demuestre que este actuó con la diligencia para constatar la veracidad de la documentación o información presentada.

366.3. En los procedimientos sancionadores de competencia del TCP se aplican los supuestos eximentes de responsabilidad establecidos en la LPAG, en caso se adecúen a la conducta objeto de análisis, salvo para el supuesto del literal m) del numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley.

Comentario

Establece los criterios para graduar las sanciones de multa e inhabilitación temporal a proveedores, participantes, postores, contratistas y subcontratistas en procedimientos de contratación pública. Permite reducir sanciones por debajo del mínimo legal en casos de documentación falsa o con información inexacta entregada por terceros, siempre que concurran requisitos específicos.

Temas: graduación de sanciones administrativas, proporcionalidad en contrataciones públicas, responsabilidad del administrado, documentos falsos o inexactos, procedimiento sancionador, causas de exoneración de responsabilidad