Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas
Artículo 99. Listado de bienes y servicios que pueden utilizar la comparación de precios
99.1. La DGA puede aprobar mediante resolución directoral los bienes y servicios que pueden ser adquiridos por comparación de precios, la cual es publicada en la Pladicop.
99.2. La entidad contratante se encuentra facultada a utilizar la comparación de precios desde el día siguiente de la inclusión del bien o servicio en el referido listado.
Comentario
El artículo 99 regula la aprobación y publicación del catálogo de bienes y servicios susceptibles de ser adquiridos mediante la modalidad de comparación de precios. Establece que la DGA tiene competencia para aprobar este listado mediante resolución directoral y que las entidades contratantes pueden utilizar la comparación de precios a partir del día siguiente de la inclusión del bien o servicio en dicho catálogo.
Temas: comparación de precios, modalidad de contratación pública, catálogo de bienes y servicios, resolución directoral, transparencia en contratación