Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas
Artículo 50. Herramientas de las consultas al mercado
50.1. Las herramientas de las consultas al mercado tienen la siguiente clasificación:
a) Escrita: se utiliza para obtener retroalimentación de varios proveedores, como la difusión del requerimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 51 o solicitudes de información a los proveedores, entre otros.
b) Reuniones:
b.1 Uno a muchos: se utiliza para comunicar aspectos clave de la contratación a varios proveedores o a la industria, como reuniones informativas, talleres con la industria o eventos de exposición de proveedores o de proyectos de la entidad contratante, entre otros. Esta herramienta puede emplearse para atender varios requerimientos.
b.2 Uno a uno: se utiliza para obtener información detallada de una manera directa con el proveedor a través de reuniones individuales.
50.2. De manera complementaria a las herramientas señaladas, la DEC puede realizar una indagación de conformidad con el artículo 48.
50.3. En el caso de la contratación de seguros patrimoniales, la entidad contratante puede obtener la información necesaria sobre el mercado asegurador nacional o internacional a través de un corredor de seguros inscrito en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la SBS.
Comentario
El artículo establece la clasificación de herramientas que las entidades contratantes pueden utilizar para consultar al mercado durante la fase preparatoria: modalidad escrita (difusión de requerimientos, solicitudes de información), reuniones uno a muchos (informativas, talleres, eventos) y reuniones uno a uno (consultas directas). Faculta complementariamente la indagación conforme al artículo 48 y prevé un régimen especial para seguros patrimoniales mediante corredores de seguros inscritos.
Temas: consulta al mercado, actuaciones preparatorias, información de proveedores, transparencia en contrataciones, herramientas de diálogo, especificaciones técnicas