Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas

Artículo 73. Evaluación de las ofertas técnicas

73.1. Las ofertas son evaluadas de acuerdo con los factores de evaluación establecidos en las bases integradas.

73.2. Los factores de evaluación tienen como objetivo permitir la selección de la mejor oferta, conforme al principio de valor por dinero.

73.3. Las bases estándar aprobadas incluyen factores de evaluación obligatorios y facultativos de acuerdo con el objeto del procedimiento de selección y su modalidad, así como la ponderación correspondiente a la evaluación técnica y económica.

Comentario

El artículo 73 establece el marco regulador de la evaluación técnica de ofertas en los procedimientos de contratación pública, prescribiendo que dicha evaluación se realice conforme a factores predeterminados en las bases integradas y orientada por el principio de valor por dinero. Las bases estándar definen los factores obligatorios y facultativos, así como su ponderación relativa.

Temas: evaluación técnica, bases integradas, valor por dinero, criterios de selección, transparencia en contrataciones, ponderación técnico-económica