Ley Orgánica del Ministerio Público
Decreto Legislativo N° 52 · 122 artículos · texto vigente consolidado.
- Artículo 1
- Artículo 2. Denominación de los miembros del Ministerio Público
- Artículo 3. Atribuciones de los miembros del Ministerio Público
- Artículo 4
- Artículo 5. Autonomía funcional
- Artículo 6. Solicitud de información a otras entidades
- Artículo 7. Exhortaciones a los miembros del Ministerio Público
- Artículo 8. Actividad del Ministerio Público durante regímenes de excepción
- Artículo 9. Intervención del Ministerio Público en etapa policial
- Artículo 10. Intervención del Ministerio Público en garantía del derecho de defensa
- Artículo 11. Titularidad de la acción penal del Ministerio Público
- Artículo 12. Trámite de la denuncia
- Artículo 13. Queja contra Fiscales
- Artículo 14. Carga de la Prueba
- Artículo 15. Prerrogativa procesal del Antejuicio
- Artículo 16
- Artículo 17. Competencia de las Cortes Superiores en demandas y denuncias contra Fiscales Provinciales
- Artículo 18
- Artículo 19. Excusa de Fiscales
- Artículo 20. Prohibiciones en el ejercicio funcional
- Artículo 21. Excepciones a la exclusividad en la función fiscal
- Artículo 22. Infracción de los impedimientos y prohibiciones. Responsabilidades
- Artículo 23. Impedimento y sustitución
- Artículo 24. Reemplazante del Fiscal de la Nación
- Artículo 25. Licencias. Trámite
- Artículo 26. Plazo de la licencia
- Artículo 27. Reemplazo de Fiscales por licencias de más de sesenta (60) días
- Artículo 28. Llamamientos para reemplazar a Fiscal provisional
- Artículo 29. Fiscales Provisionales
- Artículo 30. Autonomía Presupuestal del Ministerio Público. Titularidad
- Artículo 31. Nombramiento del personal auxiliar
- Artículo 32. Escalafón central
- Artículo 33. Escalafón distrital
- Artículo 34. Evaluación del Escalafón por el Consejo Nacional de la Magistratura
- Artículo 35. Consideración de la especialidad jurídica en la calificación de Fiscales postulantes
- Artículo 36
- Artículo 37. Ejercicio de la Fiscalía de la Nación
- Artículo 38
- Artículo 39. Requisitos para ser Fiscal Supremo
- Artículo 40. Requisitos para ser Fiscal Superior
- Artículo 41. Requisitos para ser Fiscal Provincial
- Artículo 42. Determinación del número de Fiscales
- Artículo 43. Auxilio de Fiscales Adjuntos
- Artículo 44. Rango y haber de los Fiscales Adjuntos
- Artículo 45. Requisitos para ser Fiscales Adjuntos
- Artículo 46. Incompatibilidades para ser Fiscales
- Artículo 47. Incompatibilidades por razones de parentezco
- Artículo 48. Nombramiento de Fiscales
- Artículo 49. Ratificación de nombramientos
- Artículo 50. Juramento de Fiscales
- Artículo 51. Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
- Artículo 51-A. Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
- Artículo 51-B. Órgano de dirección de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
- Artículo 51-C. Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
- Artículo 51-D. Requisitos para ser jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
- Artículo 51-E. Funciones del jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
- Artículo 51-F. Fiscales de control de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
- Artículo 51-G. Estímulo al denunciante
- Artículo 51-H. Organización territorial
- Artículo 51-I. Condiciones internas y requerimientos para el ejercicio de las competencias
- Artículo 51-J. Transparencia y participación ciudadana
- Artículo 52. Sanciones disciplinarias
- Artículo 53. Procedimiento disciplinario
- Artículo 54. Amonestación y multa
- Artículo 55. Determinación de la sanción
- Artículo 56. Multa
- Artículo 57. Suspensión
- Artículo 58. Legalidad de la sanción
- Artículo 59. Traslados
- Artículo 60. Conclusión del cargo de Fiscal
- Artículo 61. Amonestación a terceros por injuria a fiscales
- Artículo 62. Junta de Fiscales Supremos
- Artículo 63. Junta de Fiscales Superiores y Provinciales
- Artículo 64
- Artículo 65. Funciones del Fiscal de la Nación
- Artículo 66. Atribuciones del Fiscal de la Nación
- Artículo 67
- Artículo 69
- Artículo 70
- Artículo 71. Inviolabilidad de correspondencia dirigida al Fiscal de la Nación
- Artículo 72
- Artículo 73
- Artículo 75
- Artículo 76
- Artículo 77
- Artículo 78
- Artículo 79
- Artículo 80. Conocimiento del Fiscal de la Nación de conductas dolosas
- Artículo 80-A. Designación de Equipo de Fiscales para casos complejos
- Artículo 80-B. Designación de Fiscales Especializados para determinados delitos
- Artículo 81. Competencia de los Fiscales Supremos
- Artículo 82. Atribuciones del Fiscal Supremo en lo Penal
- Artículo 83. Funciones del Fiscal Supremo en lo Penal
- Artículo 84. Atribuciones del Fiscal Supremo en lo Civil
- Artículo 85. Funciones del Fiscal Supremo en lo Civil
- Artículo 86. Atribuciones del Fiscal Supremo en lo Contencioso-Administrativo
- Artículo 87. Elección del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores y Provinciales
- Artículo 87-A. Atribuciones del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores
- Artículo 88. Reemplazo por Fiscal más antiguo
- Artículo 89. Atribuciones del Fiscal Superior en lo Civil
- Artículo 90. Intervención del Fiscal Superior en acciones de hábeas corpus
- Artículo 91. Intervención del Fiscal Superior en lo Penal
- Artículo 92. Atribuciones del Fiscal Superior en lo Penal
- Artículo 93. Funciones del Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales
- Artículo 94. Obligaciones del Fiscal Provincial en lo Penal
- Artículo 95. Atribuciones del Fiscal Provincial en lo Penal
- Artículo 96. Atribuciones del Fiscal Provincial en lo Civil
- Artículo 96-A
- Artículo 97. Atribuciones de la Junta de Fiscales Supremos
- Artículo 98. Atribuciones de la Junta de Fiscales Superiores
- Artículo 99. Atribuciones de la Junta de Fiscales Provinciales
- Artículo 100
- Artículo 101
- Artículo 102. Excepción a limitaciones presupuestales
- Artículo 103. Personal que integrarán el Ministerio Público
- Artículo 104. Organización y equipamiento del Ministerio Público
- Artículo 105. Derogatorias
- Artículo 106. Otras derogatorias
- Artículo 107. Modificatorias al CPP
- Artículo 68
- Artículo 74
- Artículo 89-A