Ley Orgánica del Ministerio Público
Artículo 51-B. Órgano de dirección de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público
La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público tiene como órgano de dirección a la jefatura nacional, que ejerce sus funciones y atribuciones en todo el territorio nacional de acuerdo a la presente ley y a su propio reglamento."
Comentario
El artículo establece que la jefatura nacional es el órgano de dirección de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANCMP), con competencia territorial nacional. Define la estructura directiva de este órgano de control y precisa que su funcionamiento se rige por la ley orgánica y su reglamento interno.
Temas: autoridad nacional de control, ministerio público, órgano de dirección, jefatura nacional, responsabilidad disciplinaria de fiscales, competencia territorial