Ley Orgánica del Ministerio Público

Artículo 31. Nombramiento del personal auxiliar

El personal auxiliar y el administrativo del Ministerio Público es nombrado por el Fiscal de la Nación.

El personal que corresponda nombrar al Fiscal Decano, con acuerdo de la Junta de Fiscales Superiores de cada distrito judicial, lo determina el Reglamento.

Comentario

Establece que el Fiscal de la Nación tiene la competencia para nombrar al personal auxiliar y administrativo del Ministerio Público. Dispone, además, que cierto personal asignado al Fiscal Decano será designado previo acuerdo de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial respectivo, conforme lo especifique el Reglamento.

Temas: competencia administrativa en nombramiento, personal auxiliar y administrativo, autonomía institucional, participación colegiada, fiscal de la nación, estructura jerárquica