Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
Artículo 75. GANANCIA PROVENIENTE DE LA REORGANIZACION
La entrega de acciones o participaciones producto de la capitalización del mayor valor previsto en el numeral 2 del Artículo 104 de la Ley no constituye distribución a que se refiere el Artículo 105 de la Ley.
Comentario
El artículo establece que la entrega de acciones o participaciones derivada de la capitalización del mayor valor (revaluación patrimonial) conforme al artículo 104.2 de la Ley del Impuesto a la Renta no configura distribución de utilidades en el sentido del artículo 105 de la Ley. Así, tal entrega no genera consecuencias tributarias equiparables a un reparto de dividendos.
Temas: reorganización empresarial, capitalización de revaluación, distribución de utilidades, mayor valor patrimonial, neutralidad tributaria, impuesto a la renta