Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

Artículo 46. RETENCIONES POR RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA PROVENIENTES DEL TRABAJO PRESTADO EN FORMA INDEPENDIENTE

Lo dispuesto en los Artículos 40 a 45 también será de aplicación a los ingresos a que se refieren los incisos e) y f) del Artículo 34 de la Ley.

Comentario

Norma de aplicación extensiva que somete a las mismas reglas de retención y documentación de rentas de quinta categoría (dependencia) a los ingresos provenientes del trabajo independiente regulados en la Ley del Impuesto a la Renta. Equipara así el régimen fiscal de ambas fuentes de renta laboral.

Temas: rentas de quinta categoría, trabajo independiente, retención en la fuente, declaración jurada, certificados de rentas, uniformidad fiscal