Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

Artículo 37. IMPORTACION Y EXPORTACION

A fin de determinar el valor de las importaciones y exportaciones a que se refiere el Artículo 64 de la Ley se tendrá en cuenta las siguientes disposiciones:

a) El valor de los bienes importados estará conformado por el precio ex-fábrica más los gastos, derechos e impuestos en el país de origen, fletes, seguros, diferencias de cambio, derechos y otros impuestos a la importación, gastos de despacho de Aduana, y demás gastos incurridos hasta el ingreso de los bienes a los almacenes de la empresa.

b) El valor de venta de los bienes exportados se determinará como sigue:

1. Valor CIF, por el valor vigente en el mercado de consumo, menos los derechos y otros tributos que graven la internación de dichos bienes en el país de destino, así como los gastos de despacho de Aduana y demás gastos incurridos hasta el ingreso de los bienes a los almacenes del destinatario; y

2. Valor FOB, por el valor vigente en el mercado de consumo, menos todos los conceptos referidos en el numeral anterior, así como el flete y el seguro.

Por el valor vigente en el mercado de consumo, se entiende el precio de venta al por mayor que rija en dicho mercado. En caso que el referido precio no fuera de público y notorio conocimiento, o que su aplicación sobre bienes de igual o similar naturaleza pudiera generar duda, se tomará los precios obtenidos por otras empresas en la colocación de bienes de igual o similar naturaleza, en el mismo mercado y dentro del ejercicio gravable.

Comentario

El artículo 37 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta regula la determinación del valor fiscal de las operaciones de importación y exportación para efectos del cálculo de la renta gravable. Establece la composición de costos en bienes importados y la metodología de valoración en bienes exportados, distinguiendo entre valores CIF y FOB.

Temas: valor de importación y costos asociados, incoterms cif y fob en tributación, precio de mercado y valoración comparable, operaciones internacionales y renta gravable, determinación de base imponible en comercio exterior