Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1053, Ley General de Aduanas
Cuarta
Para efecto de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley, se aplicará el Decreto Supremo Nº 104-95-EF y normas modificatorias, ampliatorias y complementarias.
Comentario
La disposición complementaria cuarta remite la aplicación del régimen de valoración aduanal previsto en el artículo 83 de la Ley General de Aduanas al Decreto Supremo Nº 104-95-EF y sus modificatorias. Establece así el marco normativo específico para determinar el valor en aduanas de las mercancías de importación.
Temas: valoración aduanal, base imponible tributaria en aduanas, remisión normativa, mercancías de importación, determinación de valor en aduanas