Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1053, Ley General de Aduanas
Artículo 233. Regularización
La Administración Aduanera establecerá la forma y plazos para efectuar la regularización de los despachos anticipados y urgentes, en los casos que corresponda.
Comentario
El artículo 233 atribuye a la Administración Aduanera la potestad de establecer, mediante disposiciones de orden interno, los procedimientos y plazos aplicables a la regularización de despachos anticipados y urgentes. Se trata de una norma habilitante que remite a la autoridad aduanera la fijación de las modalidades técnicas y temporales de corrección o adecuación de tales despachos.
Temas: regularización aduanera, despachos anticipados, despachos urgentes, potestades reglamentarias de la administración aduanera, levante de mercancías, control aduanero y tributario