Novena
Sobre comunicaciones malintencionadas En caso de comunicaciones malintencionadas, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe adoptar las medidas necesarias en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1277, Decreto Legislativo que sanciona la realización de comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencias, urgencias o información o norma que la sustituya.
Comentario
Establece la obligación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de adoptar medidas contra comunicaciones malintencionadas dirigidas a centrales de emergencia, urgencia o información, en aplicación del Decreto Legislativo Nº 1277. Busca proteger la operatividad de los servicios de emergencia vinculados a la atención de violencia contra mujeres e integrantes del grupo familiar.
Temas: comunicaciones malintencionadas, centrales de emergencia, coordinación interinstitucional, fraude de denuncia, operatividad de servicios de urgencia, violencia contra la mujer