Reglamento de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar

Artículo 99. Principios aplicables

Son principios que rigen el Sistema Nacional, los siguientes:

a.Especialización.- Brindar atención diferenciada y especializada de acuerdo a las necesidades y circunstancias específicas de las mujeres e integrantes del grupo familiar o de riesgo, como es el caso de niñas, niños, adolescentes, personas adultos mayores y personas con discapacidad.

b.Intersectorialidad.- Desarrollar acciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma continua, articulando entre las instituciones del Estado y en los tres niveles de gobierno, que conforman el Sistema Nacional para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia hacia las Mujeres e Integrantes del grupo familiar.

c.Participación ciudadana.- Responsabilidad integral de la sociedad civil, incluidos entre otros, el sector empresarial, asociaciones no gubernamentales, organizaciones sociales, y medios de comunicación, en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

d.Principio del interés superior de la niña, el niño y adolescente.- El interés superior de la niña, niño y adolescente es un derecho, un principio y una norma de procedimiento que otorga al niño el derecho a que se considere de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos.

e.Principio Territorial. - Principio que considera al territorio como un conjunto socioeconómico integrado por hombres y mujeres, recursos, conocimientos técnicos, etc. El Principio territorial aporta una visión global y nueva de la zona de intervención que sirve de base para definir un plan de acción local adaptado a la situación de territorio. En ese sentido, favorece la apertura de un espacio de diálogo entre los agentes públicos, privados y de la sociedad civil en un territorio para el aprovechamiento de los recursos endógenos (pueden ser físicos, medio ambientales, culturales, humanos, económicos y financieros, así como institucionales y administrativos). Este proceso busca el desarrollo para su territorio, en forma concertada con las poblaciones y las autoridades públicas, de nivel local, regional y nacional que ejerzan competencia en el territorio. Cabe indicar que la elección del principio territorial depende de la importancia de los recursos locales (endógenos) para el logro de un desarrollo sostenible.

Comentario

El artículo 99 establece cinco principios rectores del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar: especialización, intersectorialidad, participación ciudadana, interés superior del niño y principio territorial. Estos principios orientan la actuación coordinada de instituciones públicas y privadas en los tres niveles de gobierno.

Temas: principios rectores, sistema nacional de violencia familiar, intersectorialidad institucional, especialización en atención, interés superior del niño, participación ciudadana