Artículo 97. Definición
97.1. El Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar, es un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fin de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación.
97.2. Para tal efecto, coordina, planifica, organiza y ejecuta articuladamente la acción del Estado y promueve la participación ciudadana. Asimismo, coordina con el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente.
Comentario
El artículo define el Sistema Nacional como entidad funcional multisectorial encargada de implementar políticas públicas de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra mujeres e integrantes del grupo familiar. Establece que su finalidad es garantizar el derecho a una vida libre de violencia y discriminación, mediante coordinación articulada de la acción estatal y participación ciudadana.
Temas: sistema multisectorial de violencia intrafamiliar, coordinación de políticas públicas, prevención, atención y reparación de violencia, derecho a vida libre de violencia, participación ciudadana en sistemas públicos, protección de menores en contextos de violencia familiar