Artículo 63. Aplicación para otras manifestaciones de violencia
Estas reglas se aplican en cuanto sean pertinentes, a las demás manifestaciones de violencia reguladas en la Ley.
Comentario
El artículo 63 extiende la aplicabilidad de las reglas procedimentales especiales establecidas para la violación sexual a otras modalidades de violencia reguladas por la Ley Nº 30364. Mediante una cláusula de pertinencia, autoriza la aplicación analógica de los procedimientos diseñados para casos de violación sexual a supuestos de violencia familiar y violencia contra la mujer no necesariamente sexual.
Temas: extensión normativa y aplicación analógica, modalidades de violencia contra la mujer, protección integral de víctimas, procedimientos especiales, pertinencia jurídica, coherencia procedimentalista