Artículo 106. Funciones de la Instancia Regional de Concertación
1. Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI) y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
2. Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la prevención, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley.
3. Remitir informes periódicos a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel sobre las acciones adoptadas para la implementación de las disposiciones de la Ley, planes programas o proyectos regionales.
4. Desarrollar campañas de sensibilización en coordinación con la Comisión Multisectorial de Alto Nivel promoviendo la participación de los medios de comunicación.
5. Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación Conjunta como instrumento de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y su adecuación si es necesaria al contexto regional.
6. Crear el Observatorio de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el ámbito de su región en concordancia con los lineamientos elaborados para el Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.
7. Otras que les atribuya el Comisión Multisectorial de Alto Nivel.
8. Aprobar su reglamento interno.
"9. Informar al gobierno regional sobre los trabajos realizados en la implementación de las políticas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, de conformidad con el artículo 24 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.”
Comentario
El artículo enumera las funciones de la Instancia Regional de Concertación, órgano coordinador multisectorial responsable de integrar la perspectiva de prevención y atención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en los instrumentos de gestión regional, políticas públicas y presupuestos. Establece deberes de coordinación, capacitación, monitoreo e información hacia instancias nacionales y gobierno regional.
Temas: instancia regional de concertación, transversalización de políticas públicas, prevención de violencia familiar, observatorio de violencia, protocolo de actuación conjunta, rendición de cuentas institucional