Reglamento de la Ley Nº 30424, Ley que regula la Responsabilidad Administrativa de las Personas Jurídicas

Artículo 34. Políticas para áreas específicas de riesgos

1. La persona jurídica debe establecer documentalmente controles específicos e idóneos de prevención, detección y mitigación de riesgos enfocados en ámbitos especialmente sensibles que puedan estar vinculados a su actividad u objeto social, tales como:

a. Pagos de facilitación

b. Regalos, auspicios, hospitalidad, viajes y entretenimiento

c. Contribuciones a campañas políticas

2. Establecer controles de prevención, detección y mitigación que permitan enfrentar de modo adecuado los riesgos identificados como posibles conflictos de intereses.

Comentario

El artículo 34 exige que la persona jurídica adopte políticas documentales con controles específicos e idóneos orientados a prevenir, detectar y mitigar riesgos en ámbitos particularmente sensibles (pagos de facilitación, regalos, contribuciones políticas, entre otros) y conflictos de interés vinculados a su actividad. Estas políticas constituyen componentes obligatorios del modelo de prevención de responsabilidad administrativa.

Temas: modelo de prevención de responsabilidad administrativa, políticas documentales de cumplimiento normativo, prevención y detección de riesgos, conflictos de interés, pagos de facilitación, controles específicos por sector