Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 7. Proveedores con varios establecimientos comerciales abiertos al público

Los proveedores que cuenten con más de un establecimiento comercial abierto al público deberán implementar un Libro de Reclamaciones de naturaleza física o virtual por cada uno de ellos.

Comentario

Establece la obligación de que los proveedores con múltiples establecimientos comerciales abiertos al público mantengan un Libro de Reclamaciones independiente en cada uno de ellos, ya sea en formato físico o virtual. La norma asegura que cada sucursal o local tenga capacidad de registrar directamente las quejas de los consumidores.

Temas: libro de reclamaciones, establecimientos múltiples, acceso del consumidor, modalidades de registro, obligaciones del proveedor, defensa del consumidor