Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 2-A. Proveedores que desarrollen actividades de transporte de pasajeros

Los proveedores que desarrollen actividades de transporte público urbano de pasajeros, transporte terrestre interprovincial, transporte terrestre internacional, transporte fluvial deberán habilitar un número telefónico y cualquier otro medio alternativo que permita el ingreso y registro de quejas y reclamos a distancia (correo electrónico, página web, mensaje de texto, etc.), sin perjuicio de la obligación de implementar un Libro de Reclamaciones en sus establecimientos comerciales abiertos al público.

Para tales efectos los proveedores de los servicios antes señalados difundirán de manera visible dentro de cada unidad de transporte el número telefónico y el medio alternativo elegido para la recepción de quejas y reclamos.

Toda queja y reclamo formulado deberá ser ingresado en forma inmediata por el proveedor en el Libro de Reclamaciones, sea este de naturaleza física o virtual, según corresponda, y cumplir con lo establecido en el presente Reglamento. Durante la recepción del reclamo, el proveedor proporcionará al consumidor un código correlativo de identificación.

Los proveedores que desarrollen actividades de transporte aéreo de pasajeros deberán poner a disposición un Libro de Reclamaciones físico o virtual en las áreas previas al embarque y posteriores al desembarque en los que preste algún servicio a los usuarios, sin perjuicio de la obligación de implementar y difundir un Libro de Reclamaciones en sus establecimientos comerciales abiertos al público en donde se realiza la contratación del servicio. Adicionalmente podrá implementar cualquier otro medio alternativo que permita el ingreso y registro de quejas y reclamos a distancia."

Comentario

El artículo 2-A establece obligaciones especiales de registro de reclamaciones para proveedores de servicios de transporte de pasajeros (terrestre, fluvial y aéreo). Impone la implementación de Libro de Reclamaciones en establecimientos y, adicionalmente, canales remotos (teléfono, correo, web, SMS) con difusión visible en unidades de transporte, garantizando acceso inmediato al registro mediante código de identificación.

Temas: libro de reclamaciones, canales remotos de reclamación, transporte de pasajeros, accesibilidad del consumidor, registro de quejas, código de identificación