Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo

Décima

Infracción grave en el marco de la vigencia de las disposiciones laborales excepcionales y temporales para prevenir la propagación de la COVID-19

Constituye infracción administrativa grave que afecta el cumplimiento de las disposiciones laborales excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, ejercer coerción sobre el/la trabajador/a o incurrir en actos dirigidos a intimidar al trabajador/ra para realizar tareas, responder comunicaciones o establecer coordinaciones de carácter laboral, a través de cualquier equipo o medio informático, de telecomunicaciones o análogos, o a mantener activos dichos medios durante el tiempo de desconexión digital, de conformidad con lo previsto en el Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional."

Comentario

El artículo tipifica como infracción administrativa grave el ejercicio de coerción o intimidación sobre trabajadores para obligarlos a ejecutar tareas, responder comunicaciones o establecer coordinaciones laborales mediante medios informáticos o de telecomunicaciones, así como mantener activos tales medios durante períodos de desconexión digital, en el marco de las medidas excepcionales contra la COVID-19.

Temas: desconexión digital, coerción laboral, teletrabajo, medidas excepcionales covid-19, infracción administrativa laboral, protección del trabajador