Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo

Artículo 42. Infracciones graves en materia de contratación de trabajadores extranjeros

Son infracciones graves, los siguientes incumplimientos:

42.1 No formalizar por escrito los contratos de trabajo celebrados con trabajadores extranjeros, con los requisitos previstos.

42.2 No cumplir con los límites a la contratación de trabajadores extranjeros, cuando corresponda.

Comentario

El artículo 42 tipifica dos infracciones graves en materia de contratación de trabajadores extranjeros: la ausencia de formalización escrita del contrato con los requisitos legales y el incumplimiento de los límites porcentuales o cuantitativos establecidos para su contratación. Estas conductas constituyen violaciones al régimen legal de empleo de personal extranjero.

Temas: contratación de trabajadores extranjeros, formalización de contrato de trabajo, límites de empleo de extranjeros, infracciones laborales, inspección del trabajo, mercado laboral nacional