Ley de la Carrera Judicial

Artículo 99. Objetivos del cuadro de méritos

El cuadro de méritos sirve para determinar el ascenso de los jueces de carrera y el otorgamiento de promociones.

Comentario

El artículo 99 establece que el cuadro de méritos es el instrumento destinado a identificar y clasificar a los jueces de carrera conforme a su desempeño evaluado, con el fin de fundamentar dos decisiones institucionales: el ascenso jerárquico y el otorgamiento de promociones. Esta disposición fija la finalidad esencial del mecanismo evaluativo previsto en el capítulo.

Temas: carrera judicial, evaluación de desempeño, ascenso de jueces, promoción profesional, meritocracias institucional, cuadro de clasificación