Ley de la Carrera Judicial

Artículo 12. Ingreso a la carrera judicial

El ingreso a la carrera judicial comprende las siguientes fases:

1. Convocatoria pública al concurso;

2. selección de los postulantes;

3. declaración de los candidatos aptos;

4. participación en los programas de habilitación y de inducción, según corresponda; y

5. nombramiento en el cargo judicial.

Comentario

El artículo 12 establece las cinco fases secuenciales y obligatorias que conforman el proceso de ingreso a la carrera judicial en el Perú. Define la estructura procedimental que debe seguirse desde la apertura de la convocatoria pública hasta el nombramiento efectivo en un cargo judicial, asegurando un acceso ordenado y sistemático.

Temas: carrera judicial, ingreso a cargos jurisdiccionales, procedimiento de selección, concurso público, habilitación de magistrados, nombramiento judicial