Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Primera. Clasificación anticipada de proyectos de inversión públicos y privados

En el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado por Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y su Reglamento, y en tanto las autoridades competentes de acuerdo al presente Decreto Legislativo no aprueben sus respectivas normas, regirá la clasificación anticipada de proyectos de inversión pública y privada relativos al manejo de residuos sólidos bajo la competencia de los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales.

Enlace Web: Cuadro (PDF).

Asimismo, los proyectos establecidos en el artículo 17 del presente Decreto Legislativo que son competencia del Senace son clasificados de forma anticipada bajo la Categoría III en el marco del SEIA, correspondiéndoles un Estudio de Impacto Ambiental detallado.

En caso de proyectos de inversión pública o privada de residuos no listados en la presente clasificación anticipada o que se encuentren ubicados en áreas naturales protegidas o zona de amortiguamiento, la autoridad competente deberá proceder a clasificar el proyecto de acuerdo a las normas del SEIA.

Comentario

Establece un régimen transitorio de clasificación anticipada de proyectos de inversión pública y privada en materia de residuos sólidos conforme al SEIA, mientras las autoridades competentes no aprueben sus normas específicas. Los proyectos de competencia del Senace se clasifican anticipadamente en Categoría III, requiriendo Estudio de Impacto Ambiental detallado; los demás quedan bajo competencia de Gobiernos Regionales y Municipalidades Provinciales.

Temas: gestión de residuos sólidos, evaluación de impacto ambiental, clasificación de proyectos, autoridades competentes ambientales, competencia sectorial y territorial, disposiciones transitorias