Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Octava. Financiamiento

La implementación del presente Decreto Legislativo se financia con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Comentario

Establece que la implementación de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos se financia mediante los presupuestos institucionales existentes de los organismos competentes, sin asignación de fondos adicionales del Tesoro Público. Garantiza que la ejecución normativa no genera carga presupuestaria extraordinaria al Estado.

Temas: financiamiento de políticas ambientales, sostenibilidad fiscal, asignación presupuestaria institucional, gestión de residuos sólidos, responsabilidad administrativa