Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Artículo 71. Rol del Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú (Profonanpe)

El Profonanpe contribuye al objetivo del presente decreto legislativo, a través de la financiación de proyectos, programas y acciones para la adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos, así como también la recuperación o reconversión de áreas degradadas por residuos.

Comentario

El artículo asigna al Profonanpe un rol complementario en el financiamiento de la gestión integral de residuos sólidos, permitiéndole financiar proyectos, programas y acciones destinados al manejo adecuado de residuos y a la recuperación de áreas degradadas. Establece una competencia adicional del Fondo más allá de su función tradicional de protección de áreas naturales.

Temas: financiamiento de gestión de residuos sólidos, recuperación de áreas degradadas, fuentes de financiamiento ambiental, fondos de promoción y gestión ambiental, remediación de pasivos ambientales