Quinta. Financiamiento
Los gastos que demande la aplicación del presente Decreto Legislativo se ejecutan con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades competentes.
Comentario
La Disposición Complementaria Final Quinta establece que los gastos derivados de la implementación del Decreto Legislativo N° 1106 serán financiados con cargo a los presupuestos institucionales existentes de las entidades competentes, sin crear fondos especiales ni asignaciones presupuestales adicionales.
Temas: financiamiento de políticas públicas, presupuestos institucionales, cargas administrativas, implementación normativa, responsabilidad fiscal