Decreto Legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado

Artículo 4. Circunstancias agravantes y atenuantes

La pena será privativa de la libertad no menor de diez ni mayor de veinte años y trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días multa, cuando:

1. El agente utilice o se sirva de su condición de funcionario público o de agente del sector inmobiliario, financiero, bancario o bursátil.

2. El agente cometa el delito en calidad de integrante de una organización criminal.

3. El valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados sea superior al equivalente a quinientas (500) unidades impositivas tributarias.

La pena será privativa de la libertad no menor de veinticinco años cuando el dinero, bienes, efectos o ganancias provienen de la minería ilegal, tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión o trata de personas.

La pena será privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y de ochenta a ciento diez días multa, cuando el valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados no sea superior al equivalente a cinco (5) unidades impositivas tributarias. La misma pena se aplicará a quien proporcione a las autoridades información eficaz para evitar la consumación del delito, identificar y capturar a sus autores o partícipes, así como detectar o incautar los activos objeto de los actos descritos en los artículos 1, 2 y 3 del presente decreto legislativo.

En los supuestos de los numerales 2 y 3 y segundo párrafo del presente artículo, la inhabilitación será perpetua.

Comentario

El artículo regula un sistema graduado de penas para los delitos de lavado de activos según circunstancias agravantes (uso de posición pública, integración en organización criminal, origen ilícito grave, valor significativo) y atenuantes (bajo monto involucrado, colaboración eficaz). Establece rangos de prisión y multa diferenciados y, en supuestos graves, inhabilitación perpetua.

Temas: circunstancias agravantes y atenuantes en delitos económicos, lavado de activos en minería ilegal, responsabilidad de funcionarios públicos en delitos financieros, colaboración eficaz y beneficios punitivos, crimen organizado y acumulación de penas, inhabilitación perpetua