Decreto Legislativo sobre extinción de dominio
Segunda
Modificación del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI)
Modifíquese elartículo 2del Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI), con el siguiente texto:
“Artículo 2.- Objeto
El Programa tiene por objeto recibir, registrar, calificar, custodiar, asegurar, conservar, administrar, arrendar, asignar en uso temporal o definitiva, gestionar la disposición y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias incautados como parte del proceso de extinción de dominio, así como aquellos cuya extinción de dominio haya sido declarada por la autoridad jurisdiccional a favor del Estado”.
Comentario
La disposición modifica el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS para ampliar el objeto del Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI), incorporando expresamente la gestión de bienes sujetos a extinción de dominio. Establece que PRONABI recibe, custodia, administra y dispone de bienes incautados en procesos de extinción de dominio y aquellos respecto de los cuales se ha declarado judicialmente la extinción a favor del Estado.
Temas: extinción de dominio, bienes incautados, programa nacional de bienes, administración de activos estatales, recuperación de bienes ilícitos, disposición de bienes