Decreto Legislativo sobre extinción de dominio

Quinta. Bienes Incautados

Dispóngase la aplicación del presente decreto legislativo a los bienes incautados por delitos del crimen organizado en agravio del Estado.

Comentario

La Quinta Disposición Complementaria Final establece que el Decreto Legislativo N° 1373 sobre extinción de dominio se aplica retroactivamente a los bienes ya incautados en procesos penales relacionados con delitos de crimen organizado. Esta norma amplía el alcance temporal de la institución de extinción de dominio, incluyendo bienes cuya incautación fue anterior a la entrada en vigencia del decreto.

Temas: extinción de dominio, bienes incautados, crimen organizado, aplicación retroactiva, recuperación de activos, administración de bienes decomisados