Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 30. Inocuidad de los alimentos
Los consumidores tienen derecho a consumir alimentos inocuos. Los proveedores son responsables de la inocuidad de los alimentos que ofrecen en el mercado, de conformidad con la legislación sanitaria.
Comentario
El artículo 30 reconoce el derecho fundamental del consumidor a acceder a alimentos inocuos y asigna al proveedor la responsabilidad integral sobre la seguridad sanitaria de los productos alimentarios que comercializa. Esta garantía opera conforme a los estándares establecidos en la legislación sanitaria aplicable.
Temas: inocuidad alimentaria, responsabilidad del proveedor, seguridad sanitaria de productos, obligación de resultado en consumo, defectos y contaminación de alimentos, legislación sanitaria