Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 3. Prohibición de información falsa o que induzca a error al consumidor

Está prohibida toda información o presentación u omisión de información que induzca al consumidor a error respecto a la naturaleza, origen, modo de fabricación, componentes, usos, volumen, peso, medidas, precios, forma de empleo, características, propiedades, idoneidad, cantidad, calidad o cualquier otro dato de los productos o servicios ofrecidos.

Comentario

Prohíbe toda información falsa, presentación engañosa u omisión de datos que induzca al consumidor a error sobre características esenciales de productos o servicios. La infracción constituye acto desleal que afecta la validez del consentimiento contractual y genera responsabilidad del proveedor.

Temas: protección al consumidor, información veraz, omisión de datos, error del consentimiento, deber de transparencia, prácticas comerciales desleales