Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 160. Promoción de normas técnicas peruanas

El Estado promueve la calidad de los productos y servicios fomentando la estandarización a través de las Normas Técnicas Peruanas.

Comentario

El artículo 160 encomienda al Estado la promoción de la calidad de productos y servicios mediante el fomento de la estandarización a través de las Normas Técnicas Peruanas. Constituye una obligación estatal dirigida a elevar los estándares de conformidad y seguridad en el mercado de consumo.

Temas: estándares de calidad, normas técnicas, estandarización de productos, política de protección del consumidor, seguridad y conformidad