Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 157. Criterios para la graduación del porcentaje entregable de la multa impuesta
Al momento de determinar el porcentaje de las multas administrativas entregable a las asociaciones de consumidores en los procedimientos promovidos por éstas, la autoridad competente debe evaluar, como mínimo, los siguientes criterios:
a. Labor de investigación desarrollada por la asociación de consumidores de forma previa a la presentación de la denuncia.
b. Participación de la asociación de consumidores durante el procedimiento iniciado.
c. Trascendencia en el mercado de la presunta conducta infractora denunciada, impacto económico de la misma y perjuicios causados en forma previa o que puedan ser causados de forma potencial a los consumidores con relación a la misma.
d. Otros que se determinen en el análisis específico de cada procedimiento.
Comentario
El artículo establece los criterios mínimos que debe evaluar la autoridad competente para determinar qué porcentaje de las multas administrativas se entrega a las asociaciones de consumidores que promuevan procedimientos. La norma vincula el reparto de sanciones pecuniarias a la calidad y trascendencia del aporte de la asociación en la investigación y seguimiento del caso.
Temas: legitimación colectiva, asociaciones de consumidores, multas administrativas, graduación de sanciones, incentivos a la fiscalización privada, defensa del consumidor