Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 109. Artículo 109.- Medidas cautelares
Medidas cautelares.
En cualquier etapa del procedimiento, de oficio o a pedido de parte, el órgano resolutivo puede, dentro del ámbito de su correspondiente competencia, dictar una o varias de las siguientes medidas cautelares destinadas a asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva:
a. La cesación de los actos materia de denuncia.
b. El comiso, el depósito o la inmovilización de los productos, etiquetas, envases y de cualquier otro bien que sea materia de denuncia.
c. La adopción de las medidas necesarias para que las autoridades aduaneras impidan el ingreso al país de los productos materia de denuncia.
d. El cierre temporal del establecimiento del denunciado.
e. Cualquier otra medida necesaria y adecuada a fin de salvaguardar la eficacia de la decisión final de la autoridad competente, considerando para tales efectos el peligro que podría conllevar la continuación de la conducta denunciada o la prolongación de sus efectos.
El órgano resolutivo puede, de considerarlo pertinente, ordenar una medida cautelar distinta a la solicitada por la parte interesada. En caso de existir peligro actual o inminente si es que no se adoptan las medidas cautelares correspondientes, el secretario técnico puede imponerlas, con cargo a dar cuenta inmediatamente a la comisión. La comisión ratifica o levanta la medida cautelar impuesta. El Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos en materia de protección al consumidor goza también de la facultad de ordenar medidas cautelares.
Comentario
El artículo 109 autoriza al órgano resolutivo a dictar medidas cautelares en cualquier etapa del procedimiento administrativo de protección al consumidor, destinadas a asegurar la eficacia de la decisión definitiva. Estas medidas incluyen la cesación de actos, comiso de productos, restricción de importaciones, cierre temporal del establecimiento y otras medidas necesarias según el caso concreto.
Temas: medidas cautelares administrativas, procedimiento administrativo sancionador, protección cautelar del consumidor, tutela de urgencia, eficacia de decisiones administrativas, peligro irreparable