Código de Ejecución Penal

Artículo 100. Asesoramiento en la tramitación de beneficios penitenciarios

La asistencia legal presta asesoramiento y ayuda al interno sentenciado en la organización y tramitación de los expedientes para la obtención de beneficios penitenciarios.

(Texto según el artículo 90 del Decreto Legislativo Nº 654)

Comentario

El artículo 100 establece que la asistencia legal penitenciaria debe prestar asesoramiento y ayuda a los internos sentenciados en la organización y tramitación de expedientes dirigidos a obtener beneficios penitenciarios. Define así una función específica de orientación jurídica dentro del sistema penitenciario.

Temas: asistencia legal penitenciaria, beneficios penitenciarios, acceso a derechos del interno, asesoramiento jurídico, tramitación de expedientes, ejecución penal