Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura

Artículo 40. Sobre el descerraje

40.1 Solo si el predio objeto de ejecución coactiva tiene la calificación de domicilio, se deberá acudir al Juez a fin que otorgue la autorización de descerraje y/o similares dentro del plazo previsto en el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, debiendo limitarse en la calificación de la misma al cumplimiento formal de los requisitos correspondientes al acto administrativo, su constancia de notificación y la constancia policial respectiva.

En caso de incertidumbre, se deberá acudir al órgano judicial competente para recabar la autorización de ingreso respectiva.

40.2 Para tales efectos el ejecutor coactivo solicita el apoyo de las autoridades policiales o administrativas y municipales de la Jurisdicción, quienes prestan, sin costo alguno, su apoyo inmediato, bajo sanción de destitución, de conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS.

40.3 Si el predio objeto de ejecución coactiva no tiene calificación de domicilio, el ejecutor coactivo puede tomar la posesión del inmueble y, en su caso, disponer de modo directo el descerraje y exigir el apoyo de la fuerza pública, administrativa y/o municipal, según el régimen jurídico a que se refiere el numeral anterior.

Comentario

Regula el descerraje de predios en procedimientos de ejecución coactiva de inmuebles para obras de infraestructura, diferenciando entre domicilios e inmuebles no domiciliarios. Requiere autorización judicial previa para ingresar a domicilios y faculta al ejecutor coactivo para actuar directamente en predios no residenciales, con apoyo de autoridades policiales y municipales.

Temas: ejecución coactiva de inmuebles, descerraje y acceso a predios, inviolabilidad de domicilio, autorización judicial previa, adquisición de inmuebles para infraestructura, apoyo de autoridades en procedimientos administrativos