Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito

Artículo 60. Efectivo policial en intersección semaforizada

Efectivo policial en intersección semaforizada.

Cuando los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, dirijan el tránsito en una intersección semaforizada, deben apagar las luces de todos los semáforos de dicha intersección.

Comentario

El artículo establece que cuando un efectivo policial asume la dirección manual del tránsito en una intersección equipada con semáforos, debe desactivar todas las luces semafóricas de ese cruce. Esta regla busca evitar conflictos entre las órdenes del agente y las señales automáticas, otorgando prevalencia a la dirección policial.

Temas: dirección policial del tránsito, intersecciones semaforizadas, señales de tránsito, autoridad policial en vías públicas, conflicto normativo en tránsito