Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito
Artículo 6
Competencias de las municipalidades distritales.
Las Municipalidades Distritales en materia de tránsito terrestre, ejercen funciones de gestión y fiscalización, en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la Municipalidad Provincial respectiva y las previstas en el presente Reglamento.
En materia de vialidad, la instalación, mantenimiento y renovación de los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, conforme al Reglamento correspondiente.
Comentario
Establece las competencias de las municipalidades distritales en materia de tránsito terrestre, asignándoles funciones de gestión y fiscalización dentro de su jurisdicción. Atribuye además competencias específicas en vialidad relativos a la instalación, mantenimiento y renovación de sistemas de señalización de tránsito.
Temas: competencias municipales distritales, gestión y fiscalización de tránsito, señalización vial, gobiernos locales, distribución de competencias, coordinación administrativa territorial