Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito
Artículo 45
Marcas en el pavimento.
Las marcas en el pavimento, teniendo en cuenta su propósito se clasifican en:
1) Marcas en el pavimento y bordes del pavimento.
2) Demarcación de objetos.
3) Delineadores reflectivos.
Comentario
El artículo 45 clasifica las marcas en el pavimento según su propósito funcional en tres categorías: marcas de pavimento y bordes, demarcación de objetos y delineadores reflectivos. Esta clasificación sirve como marco taxonómico para regular la señalización vial horizontal que ordena el tránsito y facilita la circulación segura.
Temas: señalización vial horizontal, marcas de pavimento, demarcación de obstáculos, delineadores reflectivos, seguridad vial, ordenamiento de tránsito