Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito

Artículo 45

Marcas en el pavimento.

Las marcas en el pavimento, teniendo en cuenta su propósito se clasifican en:

1) Marcas en el pavimento y bordes del pavimento.

2) Demarcación de objetos.

3) Delineadores reflectivos.

Comentario

El artículo 45 clasifica las marcas en el pavimento según su propósito funcional en tres categorías: marcas de pavimento y bordes, demarcación de objetos y delineadores reflectivos. Esta clasificación sirve como marco taxonómico para regular la señalización vial horizontal que ordena el tránsito y facilita la circulación segura.

Temas: señalización vial horizontal, marcas de pavimento, demarcación de obstáculos, delineadores reflectivos, seguridad vial, ordenamiento de tránsito