Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito

Artículo 4. Artículo 4.- Competencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

En materia de tránsito terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional y tiene las siguientes competencias:

1) Competencias normativas

a. Evaluar y actualizar el Reglamento Nacional de Tránsito y dictar sus normas complementarias

b. Interpretar los principios del tránsito terrestre definidos en la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y en el presente Reglamento, así como velar por que se dicten las medidas necesarias para su cumplimiento en todos los niveles funcionales y territoriales del país.

2) Competencias de gestión

a. Diseñar sistemas de prevención de accidentes de tránsito;

b. Diseñar y poner a disposición el Registro Nacional de Sanciones a las autoridades competentes en fiscalización en materia de tránsito terrestre.

c. Promover el fortalecimiento de las capacidades técnicas e institucionales en todos los niveles de la organización nacional para una mejor aplicación del presente Reglamento.

3) Competencias no asignadas expresamente

Las competencias que no sean expresamente asignadas por el presente Reglamento a ninguna autoridad, corresponden exclusivamente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre.

Comentario

El artículo 4 designa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones como órgano rector nacional en materia de tránsito terrestre y le confiere competencias normativas, de gestión e integración administrativa. Estas competencias abarcan la evaluación y actualización del Reglamento Nacional de Tránsito, la interpretación de principios fundamentales, el diseño de sistemas de prevención, la administración del Registro Nacional de Sanciones y, residualmente, todas aquellas competencias no expresamente atribuidas a otras autoridades.

Temas: competencias de autoridades en tránsito terrestre, función rectora y coordinación nacional, registro nacional de sanciones, distribución de funciones entre niveles administrativos, cláusulas residuales de atribución competencial, principios de seguridad vial