Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito

Artículo 325. Obligación de proveer formatos impresos de papeletas

Las Municipalidades Provinciales o la SUTRAN, según corresponda, están obligadas a proporcionar a la Policía Nacional del Perú, los formatos impresos (papeletas) de las denuncias por comisión de infracción al tránsito.

Comentario

El artículo establece la obligación de las Municipalidades Provinciales y la SUTRAN de suministrar a la Policía Nacional del Perú los formatos impresos de papeletas para documentar las infracciones de tránsito. Esta disposición asegura que la autoridad encargada de la vigilancia y sanción cuente con los instrumentos formales necesarios para el ejercicio de sus funciones.

Temas: registro de sanciones de tránsito, papeletas de infracción, autoridades de tránsito, provisión de documentos, procedimiento sancionador administrativo, competencias municipales y sutran