Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito

Artículo 291

Calificación.

Las infracciones de tránsito para los efectos de las sanciones se califican como Leves (L), Graves (G), y Muy Graves (MG).

Comentario

El artículo 291 establece un sistema tripartito de clasificación de infracciones de tránsito según su gravedad: leves, graves y muy graves. Esta categorización determina el tipo y magnitud de la sanción administrativa que corresponde imponer al infractor.

Temas: calificación de infracciones, gradación de sanciones administrativas, responsabilidad administrativa de tránsito, criterios de proporcionalidad sancionadora, policía administrativa vial